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Acerca de la protesta en la selva (9): Juguemos a no reconocer lo acordado

Publicado: 2012-03-06

¿Se acuerdan de la ley de consulta previa? ¿Esta vaina que aprobamos luego de tremendas idas y venidas sobre la base del Convenio 169 de la OIT? Después de todo lo que hemos pasado desde entonces, con fuga de prisioneros de penales, intervención de clubes deportivos y demás, pareciera que fue hace años.  Pero no, fue apenas en agosto del año pasado.

Recordaremos todos que en el gobierno anterior no se pudo llegar a los consensos necesarios para que se pase la ley.  Todos rajamos de eso y nos quejamos.  Pero luego llegó este nuevo gobierno, con promesas y esperanzas y por supuesto que no va a cambiar de rumbo y todo eso, y en menos de un par de meses ya había hecho que todos la aprueben y pasó.  Teníamos ley de consulta.  La cual es una consecuencia de que el Perú en su momento haya firmado el Convenio 169 de la OIT.  Todos se acuerdan de eso.  Todos lo celebramos.

No obstante, había varios detalles de esta norma que preocupaban.  No es que fueran fatales, pero eran detalles sobre los cuales había que estar atentos, si es que no queríamos que esto se pervierta en algo que termine perjudicando a alguna de las partes.  Algo así como "estar vigilantes", pero de verdad y sin irse del país.

Primero, no quedaba claro quién iba a estar a cargo de todo el proceso de reglamentación e implementación.  Hoy en día queda claro que eso recae en el viceministerio de interculturalidad del Ministerio de Cultural.  Quizás no sea lo más eficiente, pero por lo menos ya está definido.  Segundo, parecía que no quedaba claro que el proceso de consulta es un proceso de consulta y que no es una pedida de permiso.  Esto es algo que aún queda medio gaseoso y en lo que varios grupos de presión aún pretenden hacerse los locos.  Pero ni modo, así es. (Lo que no quita que si haces la consulta y todo el mundo alrededor del lugar en el que se llevará a cabo un proyecto se manifiesta en contra, la razón te dicte que no lo ejecutes).

Los problemas vienen con las demás preocupaciones que expresaba en ese post.  La norma asume que todas las partes están participando de buena fe.  Y eso lamentablemente no siempre es el caso.  Para muestra un botón de lo que está por venir.

Recordemos que el juego de muchos de los grupos que se oponen a proyectos mineros y similares es a demorar lo más posible el otorgamiento de los permisos pertinentes.  Todos hemos leído el dichoso manual contra las empresas mineras.  En la página 11 podemos leer a la voz de la experiencia: "Es mucho más fácil prevenir la embestida de las empresas antes de que se lleve a cabo la exploración".  Y otras joyas que se pueden encontrar en ese documento.  En ese sentido, con la ley de consulta los agitadores tienen una nueva herramienta en el juego de demorar lo más posible los permisos pertinentes.  Donde los haya, por supuesto.

Manuel de agitadores politicos contra la mineria

Así, pues, el principal problema del que se podrían colgar es en la definición de qué comunidades son las que serán consideradas para los procesos de consulta.  El Convenio 169 de la OIT habla específicamente de pueblos indígenas y tribales.  En este artículo me metía a ese asunto en especial.  Una comunidad campesina, por ejemplo, no necesariamente es sujeto de consulta, como la entiende el Convenio 169, ergo, la ley de consulta.  Quien mejor lo explicaba era la consultora Irene Petkoff en este video.

Ahora tenemos la embestida de los grupos que buscan incorporar a la ley básicamente a todos los que puedan.  Y eso no lo deberíamos permitir por varias razones.  Primero, porque para eso no fue creado el Convenio 169.  La idea era compensar a aquellos grupos que no participan de la vida política del país, no votan, etc.  Si a grupos de la población le damos doble poder (participan de las elecciones y participan de la consulta), estaríamos definiendo que hay peruanos de dos categorías, cuando eso era precisamente lo que queríamos evitar.  Segundo, porque esto ya estaba definido y no se vale regresar a bajarse una norma que firmamos hace apenas medio año, momento en el que todos la apoyábamos.  Sería un duro golpe a la institucionalidad que se pretende construir.  Tercero, porque la ley de consulta, para que funcione bien, ya demora bastante.  Esa demora se la tenemos que asignar a la menor cantidad posible de proyectos de inversión.  Si no, le damos la razón al manual del perfecto antiminero.

¿Que la ley es perfectible? No estoy seguro de ello.  En todo caso, el reglamento por supuesto que lo es.  Pero la ley es la ley, ni modo.  Y nos ha costado un montón llegar al espacio común necesario para que se apruebe. Concuerdo con Ivan Lanegra en que es un pésimo mensaje que algunos grupos ahora empiecen a moverse para manifestarse en contra de la ley de consulta y de un reglamento que aún está en discusión, cuando hace unos meses no dijeron ni pío.

Así no se genera la confianza necesaria de todas las partes para que esto funcione.  Además de que legitimizan todas las demás preocupaciones que había alrededor de la ley de consulta.  Así que estemos atentos a esta clase de pasos previos a la aprobación del reglamento, para luego saber quiénes son los contradictorios que se mandan en contra de lo que antes apoyaron.

(Dibujito de arriba: http://lartistportfolio.blogspot.com/)


Escrito por

mildemonios

Economista con postgrado en periodismo.


Publicado en

Economía de los mil demonios

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